ESA Newsletter

Newsletter Nº2/2017 (Ley 27.348 – Reforma al régimen de riesgo de trabajo)

Sr. empresario,

Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. a fin de informarle que el pasado 15/02/2017 se aprobó una reforma al régimen de Riesgos del Trabajo, cuyo contenido es muy similar a la contenida en el decreto 54/2017 (informado el pasado Enero mediante NEWSLETTER ESA Nº 01/2017). Fue publicado como Ley 27.348.

Recordamos que el objetivo de la reforma es reducir la litigiosidad en materia de accidentes y enfermedades laborales.

Entre los aspectos relevantes mencionamos:

(i) Se establece como obligatoria la actuación de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales como instancia administrativa previa a la presentación del trabajador ante la justicia. Los honorarios profesionales que correspondan y demás gastos en que incurra el trabajador estarán a cargo de la respectiva ART.

(ii) El nuevo sistema prevé la opción del trabajador, frente al dictámen de la Comisión Médica Jurisdiccional, de recurrir el mismo ante la Comisión Médica Central, o ante la Justicia (fuero laboral). Los honorarios de los peritos médicos que intervengan no serán variables ni estarán vinculados a la cuantía del jucio, sino que se regularán según la labor realizada. Se prohíben, también, los pactos de cuota litis  (acuerdo de honorarios entre el abogado y cliente), que permiten a los profesionales percibir un porcentaje de lo cobrado por sus clientes.

(iv) Se crea el “Servicio de Homologación” en el Ámbito de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales, en el marco del cual las partes -trabajador, ART y empleador- podrán llegar a acuerdos homologables, los que tendrán caracter de cosa juzgada en los términos de lo dispuesto por el art. 15 de la LCT (equivalente a la homologación actual por ante el SECLO). Se prevé que esta homologación cierre toda posibilidad de acción judicial posterior. Dado el caracter reservado de este tema, se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir al sistema.

Quedamos a su disposición para responder a cualquier duda o aclaración que esta norma pudiera presentarles.

Sin otro particular, los saludamos muy cordialmente,